Comunicado oficial
Tras la reunión de este 21 de febrero entre Coldeportes, la Aeronáutica Civil y representantes de clubes de parapentismo
1. Que el acto administrativo No. 000181 del 14 de febrero de 2019 Por el cual se ordena la suspensión de eventos y actividades deportivas de parapentismo, solo tiene alcance respecto de la Federación Colombiana de Deportes Aéreos y los Clubes afiliados a dicho organismo. Así las cosas, esta decisión no abarca las actividades desarrolladas por corporaciones, asociaciones, agencias, entre otras organizaciones empresariales, cuyo objeto sea la prestación de servicios de turismo y cultura y que incluyan actividades de parapente, puesto que las mismas están reguladas por la normas técnicas sectoriales, cuyo seguimiento y control corresponden a otras autoridades.
2. La medida preventiva adoptada en el acto administrativo enunciado podrá ser levantada una vez se hayan establecido los hechos y causas que la motivaron con fundamento en las pruebas recaudadas, entre ellos los informes que presenten los organismos deportivos: Federación Colombiana de Deportes Aéreos y sus clubes.
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