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Comunicado oficial: Deportes a Motor

jueves, 28 de junio de 2012

Prensa Coldeportes// Dir. Inspección, Vigilanacia y Control

COLDEPORTES, se permite informar a la Opinión Pública, Entidades del Estado y Entidades Privadas que autorizan y apoyan el Deporte en General, que de conformidad con lo regulado en el artículo 11 del Decreto Ley 1228 de 1995, las Federaciones Deportivas Nacionales, tendrán a su cargo el manejo técnico y administrativo de su Deporte en el ámbito Nacional y la representación Internacional del mismo.

Es importante resaltar, que para la organización y desarrollo de actividades, como son exhibiciones, competencias, torneos, campeonatos y eventos de carácter deportivo que se desarrollen en el territorio Colombiano, se requiere del aval y/o concepto favorable de la Federación Deportiva Nacional respectiva, más aun si se trata de deportes a motor y aéreos, como son como Automovilismo, Motociclismo y Karts, y Deportes Aéreos (Parapente, Paracaidismo, Ala delta, Paramotor y Globos Aerostáticos), cuya práctica implica un riesgo para la vida y la salud de los deportistas, el público que participe en los eventos, si no se desarrollan por deportistas calificados, con los recursos técnicos necesarios, en escenarios deportivos adecuados, con las medidas de seguridad requeridas y con los permisos requeridos por las autoridades para la respectiva actividad (tales como la Aerocivil), con el fin de evitar los lamentables sucesos ocurridos con algunos deportistas, participantes y publico en general en eventos masivos que se realizan, por fuera del ámbito de las federaciones deportivas nacionales.

El deporte debe practicarse con la debida planificación, dando aplicación al principio fundamental de la Ética Deportiva, el cual hace alusión a que la práctica del deporte, la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre, preservará la sana competición, pundonor y respeto a las normas y reglamentos de tales actividades, las Entidades Públicas y Privadas, así como los organismos deportivos y los participantes en las distintas prácticas deportivas deben acoger los regímenes disciplinarios que le sean propios, sin perjuicio de las responsabilidades legales pertinentes.

Por lo anterior, el Departamento Administrativo del Deporte la Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre - COLDEPORTES, se permite rechazar tajantemente la Organización, Desarrollo y Práctica de eventos sin el Aval o Concepto Favorable y acompañamiento de las Federaciones Deportivas Nacionales, que pueden generar un riesgo para la vida no solo de los deportistas sino también de la comunidad que asiste a los mismos.
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