viernes, 04 de julio de 2025
El Proceso Administrativo Sancionatorio (PAS) es un procedimiento de carácter formal mediante el cual el Ministerio del Deporte, en ejercicio de sus funciones de inspección, vigilancia y control, investiga y sanciona las posibles infracciones cometidas por los organismos deportivos, sus órganos de administración y control, y demás sujetos vigilados que hacen parte del Sistema Nacional del Deporte, conforme a la normatividad vigente.
Este proceso se rige por las disposiciones del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011), y busca garantizar que toda actuación adelantada por la entidad se realice con estricto respeto por los derechos fundamentales de los investigados, en especial el debido proceso, el derecho de defensa, la contradicción de pruebas y la motivación de las decisiones.
El PAS se activa cuando, a partir de una queja ciudadana, una denuncia formal, una actuación oficiosa de la entidad o hallazgos derivados de visitas de inspección, se identifican hechos que podrían constituir una infracción administrativa. En ese caso, se procede a evaluar la existencia de méritos para abrir formalmente una investigación administrativa sancionatoria, con base en criterios jurídicos, fácticos y técnicos.
El procedimiento se desarrolla a través de distintas fases: inicio, averiguación preliminar, formulación de cargos, descargos del investigado, valoración probatoria, decisión sancionatoria y etapa recursiva, según corresponda. Durante todo el trámite se garantiza la participación activa del presunto infractor, quien podrá presentar pruebas, rendir descargos y ejercer los recursos previstos en la ley.
Las decisiones que se adopten dentro del PAS pueden conllevar la imposición de sanciones como multas, suspensión temporal de funciones, requerimientos de subsanación o, en casos más graves, la pérdida de reconocimiento deportivo o personería jurídica (según el caso). Todas las sanciones deben encontrarse debidamente motivadas y ser proporcionales a la gravedad de la conducta investigada, conforme a los principios de razonabilidad, legalidad y gradualidad.
Este mecanismo constituye una herramienta esencial para preservar la legalidad, la transparencia y la buena gestión de los recursos y competencias dentro del deporte colombiano, asegurando que los actores del sistema cumplan sus funciones conforme a los principios de responsabilidad, legalidad y ética pública.
Normatividad aplicable:
- Ley 1437 de 2011: Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
- Ley 1670 de 2019: modifica estructura y competencias del Ministerio del Deporte.
- Decreto Único Reglamentario 1085 de 2015: reglamenta actuaciones administrativas en deporte y recreación.
- Ley 181 de 1995: fomento del deporte y recreación.
- Decreto Ley 1228 de 1995: reestructura del Sistema Nacional del Deporte.
- Manual de Inspección, Vigilancia y Control del Ministerio del Deporte.
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